Historia de SNH

Orígenes

Es muy difícil calcular el número de familias españolas que han recurrido a la subrogación en el extranjero. El desconocimiento y el tratamiento sensacionalista que se le daba en los medios la habían convertido en un tema tabú.

Hasta hace poco la GS era un fenómeno invisible, sin embargo hay datos que hacen sospechar que se recurría a ella con frecuencia. Según el INE, en 2007 nacieron en EEUU casi 1.000 niños españoles, siendo el número de españoles residentes algo menor de 50.000. Esto arroja una tasa de natalidad comparable a la del África subsahariana, en contraste con la de los residentes en España que es una de las más bajas del mundo. Este secreto a voces se mantenía porque a las familias heterosexuales podían ocultar la existencia de un proceso de subrogación mientras, muy probablemente, los responsables de los consulados, conscientes de lo que estaba pasando, miraban para otro lado. Por su parte, las familias homoparentales registraban a sus hijos a nombre de uno de los hombres de la pareja y de la gestante como madre legal. Tras la vuelta a España, se inicia un proceso de retirada de patria potestad y adopción por parte de la pareja. Recientemente, se ha producido un incremento significativo de familias monoparentales, tanto masculinas, como femeninas.

SNH nace el 22 de noviembre de 2008 como grupo de apoyo entre parejas homoparentales que acudían a la gestación subrogada como forma de ser padres y reivindicaban el acceso de sus hijos al registro civil consular en igualdad de condiciones que las parejas heteroparentales, donde la madre, que no gestaba, y el padre eran reconocidos como tales cuando así aparecían en el certificado de nacimiento del niño en el país de origen.

Manuel y Marcos, Pioneros de la gestación Subrogada

La Historia de SNH comienza en el tránsito del siglo XX al XXI, cuando una pareja de hombres, Manuel y Marcos, deciden ser padres. Algo absolutamente novedoso en una sociedad y para un colectivo, el de la familia homoparental masculina, que no se planteaban la construcción de la propia familia más que como una entelequia.

Los contactos con las asociaciones LGTB y similares no les aportaron ninguna luz, ni encontraron ningún tipo de apoyo. Lo que no impidió que decidieran iniciar la aventura de ir en busca de su familia. Sin más bagaje que sus ganas y sus sueños, cruzaron un océano y llegaron en California. No fue fácil, y su historia relatada en el “El país Semanal” es dura, pero en 2004 nacían sus hijas. En conjunto, construir la familia que hoy poseen supuso iniciar cuatro procesos de adopción, incluyendo una denuncia a la Junta de Andalucía por homofobia, y cinco años en la subrogación. Un proceso largo, doloroso a mucho niveles y en la mas absoluta soledad. Entonces no existía nada parecido a SNH ni había información o apoyo de ningún tipo al que recurrir. Pero lograron su sueño. Tuvieron a sus hijas y abrieron la puerta a miles de familias españolas que seguimos su camino. En la actualidad, tiene dos hijos más, uno nacido por subrogación y otro adoptado.

Cuando Manuel y Marcos regresan a España, con sus gemelas, la existencia de esta familia empieza a circular de boca en boca. Y empiezan a recibir visitas de gente que quiere conocerlos y saber cómo fue el proceso. Así es como llegan hasta ellos B. y M. y otras parejas homoparentales. Su historia se va difundiendo y muchas familias empiezan a ver la GS como una realidad.

El 29 de mayo de 2011, el suplemento de El País Semanal publica el reportaje «Los hijos más buscados» donde Manuel y Marcos salen en portada y cuentan toda su historia.

B y M, la administración española ante el dilema

B y M, en el año 2005, deciden aprovechar la recién estrenada ley para formalizar su situación y contraer matrimonio. Su proyecto de vida pasa además por ampliar la familia y no tardan mucho en descubrir las enormes dificultades para la adopción. En España la lista de espera era demasiado larga y en otros países estaba vetada a un matrimonio homosexual. Tras la desilusión inicial, empezaron a explorar la posibilidad de ser padres por gestación subrogada.

En octubre de 2008 nacían sus hijos mellizos en la ciudad de San Diego, California. Las autoridades locales emitieron los correspondientes certificados de nacimiento en el que ambos varones figuran como padres.

La familia BM, en el firme convencimiento moral de que le asistían los mismos derechos que a cualquier otra familia española, quiso seguir escrupulosamente los trámites administrativos para inscribir a sus hijos como ciudadanos españoles. De esta manera, cumpliendo con el art. 86 del Reglamento de Registro Civil, presentaron la solicitud de inscripción ante el consulado español en cuya demarcación se había producido el nacimiento.

El cónsul y responsable del registro, Inocencio Arias, no tardó en resolver denegando la solicitud con el argumento de que los acuerdos de gestación por subrogación son nulos según la ley de reproducción asistida. Pero la familia B y M no estaba intentando hacer valer un contrato de subrogación sino dar entrada en el registro español a un documento registral americano. La resolución estaba acompañada de la denegación de un pasaporte español que permitiera a los niños viajar a España. El matrimonio presentó un recurso ante la Dirección General de los Registros y del Notariado (DGRN) del Ministerio de Justicia a través del consulado de los Ángeles y esperó en San Diego la resolución.
Ante esta situación, y dado que su permiso de estancia en los EEUU expiraba, empezaron a moverse contactando con distintas instituciones y con medios de comunicación. Poca respuesta recibieron de las instituciones, pero los medios visibilizaron el caso y lo trataron de manera amable. Por primera vez la subrogación no era objeto de un programa de cámara oculta sino que se ponía cara y ojos a la situación difícil que estaba viviendo la familia de B y M.

Solicitaron al Departamento de Estado americano pasaportes para sus hijos, y les fueron concedidos inmediatamente. A mediados de diciembre de 2008, la familia regresó a España. Una vez en Valencia, el matrimonio BM solicitó a la Delegación del Gobierno en Valencia un permiso de residencia para sus hijos, sea como hijos de españoles o, en su defecto, en concepto de reunificación familiar. Nunca recibieron respuesta.

La resolución de 18 de febrero del 2009 de la DGRN

A principios de abril la familia B y M recibió un e-mail del Consulado General de España en Los Ángeles donde se les informaba que la DGRN había resuelto a su favor y les pedían que volvieran a enviar el Libro de Familia. Así lo hicieron, tras lo cual recibieron las partidas de nacimiento de sus hijos y el Libro de Familia con su respectivo asiento. Poco después recibían sendas cartas del INSS solicitándoles que aportaran el Libro de Familia para proceder a realizar los pagos de las prestaciones que anteriormente les habían sido denegadas. En mayo, solicitaron a Hacienda la subvención por paternidad con carácter retroactivo y les fue concedida. Los niños de la familia BM son los primeros europeos inscritos en un registro civil directamente como hijos naturales de dos varones.

La Instrucción de 5 de octubre del 2010 de la DGRN

El camino legal abierto por la resolución de 18 febrero de 2009 de la DGRN no era aplicable de modo general. De hecho, el caso de la familia B y M es, hoy por hoy, el único inscrito por esta vía. Pero ya nada podía para a las familias. Los siguientes nacimientos tuvieron lugar la misma primavera del 2009, comenzando un goteo continuo de casos en los consulados de Los Ángeles, San Francisco, Chicago, Mumbai… que seguían denegando las solicitudes de inscripción en el Registro Civil.

En verano de 2010 ya hay unos veinte niños y niñas a los que se les ha denegado la inscripción. Otros muchos están siendo gestados y cada vez son más las parejas que se inician en la odisea de la subrogación.

Las familias salen a la luz y empiezan a reclamar sus derechos. La prensa recoge nuestras demandas y la sociedad se empieza a concienciar

El grupo inicial de padres, homosexuales inicialmente, se coordina a través de un foro de ayuda mutua, al que poco a poco se van agregando más personas. Se forma así la Plataforma “Nuestros Hijos son Españoles” cuyo objetivo era lograr el acceso al registro civil de los pequeños. Integrada por familias que habían recurrido a la GS en India y EEUU, logran respuesta de la DGRyN que emite la Instrucción (15317) de 5 de octubre de 2010, sobre régimen registral de la filiación de los nacidos mediante gestación por sustitución.

Instrucción que entra en vigor el 7 de octubre, pero que no logra surtir efectos hasta meses después. Es solo tras nuevas reuniones y presiones a la DGRyN, en las que recibimos la inestimable ayuda de Pedro Zerolo, que siempre nos apoyó, cuando se empiezan a inscribir a los menores. En los casos que cumplen con los requisitos de dicha instrucción. Muchas otras familias quedan fuera de su cobertura.

SNH se constituye en Asociación

Pasan los meses, el foro de ayuda mutua va incrementándose y cada días mas familias se acercan pidiendo acceso. Además los niños crecen y es evidente que hay que tratar de darles un futuro mejor y pelear todos sus derechos. Surge así la idea de dar un paso más y trasformar el foro y la plataforma en una Asociación.

El día 29 de agosto de 2013 la Asociación  Son Nuestros Hijos (SNH) queda inscrita en el registro del Ministerio del Interior con el número 603505

Había nacido la única, que sepamos, asociación europea de familias por GS dispuesta a defender los derechos de niños y niñas, nuestro hijos, nuestras familias, frente a una administración que nos niega casi todo, temerosa de las reacciones de la mas rancia derecha y de los feminismos profesionalizados y radicales.

El viaje no ha terminado. Hay mucho por hacer y conseguir. Mucho que pelear para que la igualdad con el resto de familias españolas sea real y no nos discriminen, como hacen ahora, contraviniendo el artículo 14 de nuestra Constitución.

Seguimos necesitando crecer y seguimos necesitando sumar más familias. Porque la GS no acaba con el nacimiento de la niña o el niño. Al contrario. Es entonces cuando nos damos cuenta de lo que representa  ser madre o padre, del compromiso que implica para con los niños y su cuidado. Es entonces cuando uno sabe que hay que partirse el alma, si hace falta, para dejarles un mundo mejor.

Resumen de los aspectos legales sobre la gestación subrogada en el marco jurídico español

Entrar en un acuerdo de subrogación no es un delito. La ley de reproducción asistida simplemente declara nulos los contratos de subrogación, pero no hay ninguna penalización ni código sancionador asociado. Incluso aunque la subrogación gestacional fuera un delito, no puede ser ni juzgada ni sancionada en España ya que la ley se aplica sólo en el territorio del estado que la emite. Ya hace más de 20 años que el Tribunal Constitucional estableció, sin ningún margen de duda, a propósito del caso de las españolas que interrumpían su embarazo en el extranjero, que no podían ser ni juzgadas ni sancionadas en España.

Según el Reglamento del Registro Civil la inscripción de un nacimiento puede hacerse aportando al consulado español la certificación extranjera de la autoridad local homologa al Registro Civil de nacimientos. No se trata de hacer valer un contrato de subrogación sino de transcribir al registro español un documento registral extranjero. El artículo 17 del código civil establece que son españoles de origen los nacidos de padre o madre españoles.

La Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, de la que España es signataria desde 1999, establece varios principios que el Ministerio de Justicia y la Fiscalía General del Estado están contraviniendo con sus actuaciones:

  1. Todo menor debe tener los mismos padres en todos los países, así como un mismo nombre y filiación.
  2. Toda decisión tanto administrativa como judicial, debe atenderse al derecho del menor como “interés superior” a cualquier otro concepto.
  3. Todo menor tiene derecho a una nacionalidad.

La ley 13/2005 que regula el matrimonio homosexual deja clara su absoluta igualdad ante la ley en deberes y derechos con respecto a matrimonios entre personas de distinto sexo. Además, desde 2007 la ley permitió en España el registro de los hijos de los matrimonios entre dos mujeres desde el mismo momento del nacimiento y con independencia de la ausencia de vinculación biológica con una de ellas. Esta ley está redactada de manera que solo aplica a las mujeres. Sin embargo la Constitución Española consagra la igualdad absoluta entre las personas, con independencia de su sexo u orientación sexual.

Reivindicaciones de las familias SNH

La asociación de familias SNH busca el acceso al Registro Civil español de los hijos de españoles nacidos en el extranjero mediante GS y que ese reconocimiento  se base en la simple transcripción del documento registral del país de nacimiento.
Así mismo se pretende que cese la discriminación social que sufren nuestras familias a las que se les deniega prestaciones sociales, como la de maternidad, entre otras cosas. Nuestros hijos son españoles y deben tener los mismos derechos que otros niños españoles.